El Derecho Penal sustancial o material, es aquel de que se vale el Estado para reglamentar los delitos y las penas, los cuales sólo pueden existir a partir de que el Código Penal o leyes especiales los reglamenten de manera clara e inequívoca.
La relación que guarda la penología con el derecho penal es fundamental ya que siguiendo la idea del principio de legalidad de las penas establecido en el artículo 4 del Código Penal Dominicano, tanto las penas como las medidas de seguridad deben estar contempladas en un título del código penal para que el juzgador pueda echar mano de ellas al momento de dictar sentencia condenatoria.
El derecho penal abarca todo el ámbito de la penología, ya que no hay más penas que las que dicen el código penal. El Código Penal también dice las reglas de determinación y ejecución de las penas.
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