CRÍMENES DE CUELLO BLANCO

I. CONCEPTO.

Delitos de guante blanco o de cuello blanco es el nombre que se les da a aquellos delitos que se realizan sin derramar directamente sangre (por lo que se les llama de guante blanco) aunque suele ser derramada la sangre por sicarios empleados o subordinados. También se denominan “delitos de cuello blanco” debido a que el delito o crimen es realizado por una persona con un estatus socioeconómico alto. Los delitos de cuello blanco más comunes son: el tráfico de influencias, el fraude, el lavado de dinero, el cohecho, el vaciamiento de empresas, la quiebra fraudulenta, la malversación de fondos económicos; la delincuencia organizada (donde la "tarea sucia" se deja a hampones del más bajo nivel, mientras que los delincuentes "empresarios" de este tipo de delito se quedan con la mayor parte de las ganancias, casi siempre "blanqueada legalmente" pasando así de ser los delincuentes de alta monta a ser los boss, "magnates" o tycoons).

El concepto de los delitos de cuello blanco o guante blanco tienen gran trascendencia en las teorías de la conducta delincuente, debido a que esto da una alerta dirigida a un área amplia de la conducta criminal que ha sido descuidada por muchos criminólogos. No obstante es importante mencionar que este tipo de delitos se han vuelto cada vez más comunes en la sociedad actual, debido a que los grandes criminales ya no son aquellos que hacen una verdadera masacre, ahora son aquellos que están con un sombrero y detrás de un escritorio. Por su estatus socioeconómico, son llamados de cuello blanco los delitos realizados y van desde los fraudes, hasta “el robo elegante”, que consiste en obtener dinero por medio de una malversación de fondos ya sea de una empresa o de un usuario de servicios económicos frágiles.

Dentro de los delitos considerados como de cuello blanco se encuentran los siguientes:

• Lavado de dinero
• Fraude
• Malversación de fondos
• Falsificación de documentos con valor económico



II. HISTORIA Y ANTECEDENTES.

Edwin H. Sutherland, sociólogo y uno de los criminólogos estadounidenses que más influencia ha tenido en el siglo XX, introdujo el concepto de crimen de cuello blanco por primera vez en un discurso de toma de posesión ante la AAS (Asociación Americana de Sociología) o ASA por sus siglas en inglés (American Sociological Association) 2 en Diciembre de 1939, más tarde (1949) publicó su monografía “White-Collar Crime” o “Delito de cuello blanco”. Como ya se mencionó, este tipo de delitos son cometidos por personas con un alto estatus social y económico, estos delitos se han cometido desde épocas antiguas ya que los burgueses cometían estafas entre sí mismos. Tal es el caso del legislador de Atenas, quien en forma de poesía escribió su punto de vista respecto a lo que realizaban los comerciantes (ca. 683 a.C. -559) en Egipto, Solón. En Grecia se expone un discurso dado por el orador Lisias, quien solicita se les de pena de muerte a las personas que acaparan el grano de maíz, el pan, en sí los suplementos básicos para la vida de la población ya que creaban mitos de que ciertos puertos habían sido bloqueados y así evitaban la competencia, dándoles una gran clientela y dominaban por tanto el mercado.


III. EL LAVADO DE DINERO.

El lavado de dinero es un acto ilícito que se realiza para hacer el intercambio de la riqueza obtenida de modo ilícito y convertirlo en activos financieros para hacerlos pasar por lícitos, en sí, el lavado de dinero es considerado un delito en el cual los que lo cometen buscan la forma de ocultar la procedencia de dinero puesto que ha sido obtenido de manera ilegal o ilícita.

A este delito se le considera un fenómeno social y económico debido a que el origen del mismo se deriva de diferentes acciones ilícitas que al mismo tiempo se orientan al desorden y la descompostura de la sociedad. En las últimas décadas el delito del lavado de dinero ha cobrado fuerza puesto que no está limitado por algún territorio en específico si no que es globalizado. Debido a lo mencionado anteriormente se tomó la decisión de tipificar y sancionar este delito al realizar el proceso de replantear la política internacional antidroga iniciada a finales de 1984 y concluyó finalmente en 1988 en la convención de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

La relación entre las outsourcing y el lavado de dinero, que en este caso se pueden definir como un tipo de relación por contrato que le permite a la empresa a utilizar las instalaciones físicas de la empresa b y resolver de una manera fácil sus necesidades operativas, ya que les otorgan los servicios necesarios para desarrollar las funciones de su proceso productivo. Estas forman parte de una tendencia que poco a poco se ha introducido dentro del ámbito empresarial que consiste en obtener recursos para la empresa a provenientes de la empresa b y esto se presta para que sea más fácil la malversación de recursos o mejor conocido como el delito de lavado de dinero.


IV. DELITOS DE CUELLO BLANCO EN LA ACTUALIDAD.

Hoy en día, los delitos de cuello blanco son un asunto de total trascendencia para el mundo, principalmente para Estados Unidos debido a algunos casos que impactaron al mundo como el de Enron que fue una empresa de energía sustentable la cual utilizó muchas irregularidades contables para ocultar que realmente esta empresa estaba en quiebra y las personas siguieran invirtiendo en ella, conllevándolas a quedar en bancarrota al momento de que Enron ya no pudo ocultar sus número más tiempo. Muchas otras sociedades estadounidenses de renombre se han visto involucradas en actividades empresariales ilícitas, algunos ejemplos de estas son; WoldCom, Adelphia y Tyco. Pero no solo en Estados Unidos y Latinoamérica se dan este tipo de delitos, también se dan otros escándalos corporativos en todo el mundo, tal es el caso del ex presidente Klaus Esser, de Mannesmann quien fue acusado de aceptar un amplio incentivo por ser altamente eficiente, cosa que solo lo enriqueció a costa de los accionistas, también fue acusado un banquero del consejo de administración quien aprobó el pago del ex presidente.

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